Los autónomos están soportando un coste de los precios de la energía desorbitados, poniendo su estructura de gastos a unos niveles insoportables, lo que puede avocar a muchos al cierre tal y como sucedió en la crisis de la COVID.
Como la crisis económica sigue agobiando al autónomo, el Gobierno ha actualizado la normativa para que se puedan beneficiar del aplazamiento de cuotas a la Seguridad Social.
Esta medida, está regulada en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Sectores beneficiados del aplazamiento
Lamentablemente, aunque todas las empresas, de cualquier actividad, se están viendo afectadas por la crisis energética, son solo algunos sectores los que se verán beneficiados por esta medida de aplazamiento de las cuotas de la Seguridad Social.
Los sectores que se pueden beneficiar de esta medida son:
- Autónomos del transporte urbano y por carretera. Las empresas con trabajadores en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que desarrollen su actividad en el sector del transporte urbano y por carretera. Concretamente las empresas incluidas en los CNAE: 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942.
- Trabajadores autónomos del mar. Las empresas incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar y los trabajadores por cuenta propia incluidos en el mismo régimen.
- Agricultores y trabajadores del campo. Las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
¿En qué consiste el aplazamiento de cuotas a la Seguridad Social?
Los autónomos de los sectores del transporte, agricultura y mar pueden solicitar el aplazamiento del pago de sus cuotas a la Seguridad Social como medida para afrontar la subida de costes derivada de la crisis de la energía, electricidad y carburantes.
Normalmente, estos aplazamientos de pagos a la Seguridad se pueden hacer, con la diferencia que, en este caso se aplicará un 0,5% de tipo de interés, cuando lo normal es que el tipo de interés del aplazamiento sea del 3% o 3,75%.
Se puede pedir la amortización mediante pagos mensuales y se determinará un plazo de amortización de cuatro meses por cada mensualidad solicitada, sin que exceda en total de 16 mensualidades.
Como no podía ser de otra forma, los solicitantes deben estar al corriente de pago de los recibos de la Seguridad Social, antes de haber recibido la resolución autorizando el aplazamiento.
En principio esta medida, estaba prevista para solo poder pedir un aplazamiento de las mensualidades del segundo cuatrimestre de 2022, si bien ahora, se ha ampliado otros 3 meses más en el caso de los transportistas, pudiendo llegar hasta noviembre en algunos casos, tal y como se refleja en el artículo 27 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio.
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