Emprender y crear tu propio negocio requiere dinero. Una de las formas de conseguirlo es a través de la capitalización del desempleo.
El paro puede ser el empujón que muchas personas necesitan para dar un giro a su vida profesional y emprender. Por un lado, contarán con tiempo suficiente como para centrase en desarrollar el proyecto y crear su negocio. Por otro, pueden disponer de una inyección de liquidez adicional de capital si han recibido una buena indemnización.
¿Y si no es tu caso? Hay otras herramientas a tu disposición como capitalizar el paro para montar tu negocio.
En qué consiste la capitalización del desempleo
Capitalizar el paro supone usar el dinero de la prestación de desempleo para usar en uno de los siguientes casos:
- Hacerte autónomo y comenzar tu actividad económica, siempre que no seas TRADE o autónomo económicamente dependiente.
- Crear tu propia empresa o incorporarte al capital de una sociedad con menos de 12 meses de vida. Además, deberás tener el control efectivo de la sociedad
- Incorporarte como socio trabajador a una cooperativa o sociedad laboral. También sirve si eres tú quien la crea.
Es una herramienta del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que permite cobrar de golpe y en un solo pago el paro restante por percibir. Así puedes conseguir la liquidez que necesitas para empezar sin tener que tocar tus ahorros.
Puedes capitalizar el paro en cualquier momento, no solo nada más quedarte en paro.
El único hándicap es que ese dinero debes usarlo exclusivamente para iniciar la actividad. Cualquier gasto que hagas debe estar justificado y relacionado con tu negocio. Este es uno de los requisitos para poder cobrar el paro de golpe. No es único.
Requisitos para capitalizar el paro
¿Quiénes pueden cobrar la prestación por desempleo de golpe? En principio cualquier persona que cumpla las condiciones que marca el SEPE para acceder al pago único del desempleo. Son los siguientes:
- No estar dado de alta en la Seguridad Social ni haber iniciado la actividad económica. Si te estás planteando capitalizar, no lo dejes para el final.
- Debes tener por lo menos tres mensualidades de paro pendientes de cobrar.
- No haber cobrado el paro de golpe en los cuatro años anteriores.
- Acreditar el alta como autónomo o uno de los casos que hemos visto anteriormente.
- No haber impugnado el despido, ya que en ese caso la empresa podría tener que readmitirte y no tendrías derecho a cobrar el paro. En este caso tendrías que esperar hasta la resolución del expediente para hacer la solicitud.
Además, si en los últimos 24 meses has trabajado como autónomo con la prestación por desempleo, tampoco podrás solicitar la capitalización del paro.
Cuando se trate de cooperativas que incluyan un periodo de prueba para los nuevos socios, será necesario haberlo superado.
Modalidades de capitalización
Hay más de una forma de percibir el dinero del desempleo. El SEPE prevé dos modalidades de capitalización.
Pago único para capitalizar el paro
Es la opción más atractiva a priori, aunque no tiene por qué ser la mejor. Como su propio nombre indica, permite cobrar hasta el 100% del dinero del paro que te reste por percibir.
¿Qué pasa si no te hace falta tanto dinero? ¿Y si con los gastos iniciales no llegas al total del paro pendiente? Podrás usar el resto para abonar las cuotas como autónomo hasta utilizarlo todo.
A modo de ejemplo, si utilizas el 60% de tu paro para iniciar la actividad, podrás consumir el 40% restante en hacer frente a la cuota como autónomo. Si, además, te beneficias de alguna ayuda para iniciar la actividad, puedes estar más de un año sin tener que pagar la cuota de tu bolsillo según la base de cotización que elijas.
Pagos mensuales
¿Y si no quieres gastar todo el paro para empezar? Si no necesitas capital inicial o lo tienes ahorrado, puedes capitalizar el paro a través de pagos mensuales.
Como en el caso anterior, el dinero que tengas pendiente por cobrar se usará para pagar tu cuota mensual como autónomo.
En el caso de los socios trabajadores de sociedades mercantiles, podrás usar ese dinero para hacer frente a los gastos de constitución de la empresa.
Qué gastos se pueden incluir
El SEPE vigilará en qué se gasta el dinero a la hora de empezar un negocio y no todo vale. La regla general es que se puede destinar la prestación capitalizada a poner en marcha la sociedad y al pago de impuestos asociados.
El SEPE considera también inversión en el negocio los gastos corrientes previstos durante los primeros tres meses como las cargas tributariass, el alquiler o los gastos de reforma del local.
También se puede destinar hasta un 15% del paro a servicios de asesoramiento y formación.
¿Dónde se solicita el pago único de la capitalización de paro?
Esta herramienta depende del SEPE y es en ese organismo donde debe tramitarse. Puedes hacerlo online o en sus oficinas, para lo que necesitarás pedir cita previa.
Si lo tienes muy claro, puedes solicitar la capitalización del desempleo en el moemnto de apuntarte al paro. En caso contrario, recuerda que puedes pedir el pago único en cualquier momento posterior. Lo único que debes tener en cuenta es que tienen que quearte por lo menos tres meses por cobrar.
En cualquier caso, recuerda que la fecha de solictud tiene que ser anterior al inicio de la actividad , la incorporación a la cooperativa o la creación de la empresa.
¿Qué documentos hacen falta para pedir capitalizar el paro?
La documentación necesaria para capitalizar el paro incluye:
- El impreso de solicitud de pago único.
- Tu DNI, pasaporte o NIE.
- La memoria explicativa del proyecto. No será necesaria si solicitas el pago de las cuotas como autónomo.
El último documento es el más complicado, lógicamente. Esta memoria es un resumen de tu negocio y de los gastos en los que vas a incurrir. En resumen, tu plan de empresa. Es la forma de justificar tu proyecto y las cantidades que quieres cobrar de forma anticipada.
Además, desde el SEPE explican que cada formato tiene sus propios documentos adicionales a presentar. Por ejemplo, para cobrar el pago único para crear una empresa, habrá que añadir un documento firmado por las personas que van a constituir la sociedad, su identidad y el valor y número de participaciones de cada uno.
También habrá que adjuntar la actividad que llevará s a cabo en la socidad y acrerditar que poseerás un control efectivo de la misma. A esto se une el proyecto de Estatuso Sociales.
¿Hay que pagar impuestos por el dinero del paro?
La prestación por desempleo no está exenta de tributar en el IRPF. La capitalización del paro mediante pago único, sí.
Las cantidades que recibias del SEPE son un ingreso exento de tributar en la declaración de la renta siempre y cuando mantengas la actividad durante un mínimo de 5 años. Desde 2013 ya no hay ningún límite sobre las cantidades exentas de pagar en el IRPF como capitalización del desempleo.
Esto afecta tanto a las cantidades iniciales en forma de pago único como a las que se perciben mes a mes. Además, estos gastos se consideran un gasto deducible por parte del autónomo, según se desprende de consulta V0325-10a la Dirección General de Tributos (DGT).