Estimación directa u objetiva, ¿Qué es mejor para tu negocio?

Los impuestos son algo que los autónomos están obligados a entender y a saber sobrellevarlos, no tienen otra opción. 

Cualquier empresario, por pequeño que sea, está obligado a pagar impuestos desde el primer euro de beneficio que obtenga. En el caso de los autónomos, entre otras cosas, están obligados a pagar el IRPF.

Las empresas y el IRPF

El autónomo que tiene un negocio, como empresario individual, está obligado a pagar a Hacienda el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos que obtenga de su actividad económica. 

Este impuesto se paga a través de la declaración de la renta, mediante el modelo 100. Además, el sistema del IRPF, implica que aparte de esa presentación de impuesto anual, se tenga que presentar cada trimestre de dicho año fiscal una pago a cuenta para anticipar pagos de lo que corresponderá pagar al final en la Renta. 

Esto es lo que se conoce comúnmente como trimestral, y supone un pago fraccionado del IRPF. Para hallar el importe a pagar, el empresario empresario individual autónomo, tiene dos métodos alternativos para calcular el rendimiento de su actividad y pagar el IRPF: por estimación directa o estimación objetiva.

Estimación directa

El régimen de estimación directa es el método habitual de empresarios y profesionales para liquidar el IRPF de su actividad empresarial.

En el régimen de estimación directa, existen la normal y la simplificada. En el caso de la estimación directa simplificada, se pueden acoger a ella las actividades económicas cuyo importe neto de cifra de negocios no supere los 600.000 euros en el año anterior.

Los autónomos bajo este sistema están obligados a llevar los libros de registro de Ventas e Ingresos, de Compras y Gastos y de Bienes de Inversión.

Cálculo del rendimiento en estimación directa

Para calcular el rendimiento neto de la actividad se tendrán en cuenta los ingresos y gastos de cada trimestre

En los ingresos se tendrán en cuenta los procedentes de la venta de productos o servicios, u otros como las ayudas o subvenciones. Para los gastos se tendrán en cuenta todos aquellos gastos deducibles relacionados directamente con el desarrollo de la actividad, tales como suministros, alquileres, compras de materias primas, gastos de personal y seguridad social, etc.

No hay que perder de vista que se trata de los ingresos reales, de forma que se pagará el 20% de ese beneficio real obtenido durante cada trimestre.

Para ingresar ese importe a Hacienda se debe presentar el  modelo 130 de pagos fraccionados del IRPF. Este modelo se presenta hasta el día 20 del mes posterior al finalizar el trimestre, es decir en los meses abril, julio y octubre, con la excepción del 30 de enero, que se presenta el correspondiente al último trimestre del año inmediatamente anterior.

Estimación objetiva o módulos

El método de Estimación Objetiva o comúnmente conocido por módulos se aplica sólo a los empresarios y profesionales que determina a Hacienda en un listado que publica donde se establecen las empresas que se pueden acoger a este régimen de módulos. En general, se trata de actividades como bares, cafeterías, peluquerías, autoescuelas, etc.

Las principales ventajas del sistema de módulos es que simplifica la gestión del autónomo, permitiendo pagar de forma lineal los pagos fraccionadas mediante una importe 

Si bien, en estimación objetiva se suele decir que no hay que llevar contabilidad, no es cierto, ya que, si bien no es obligatorio desde el punto de vista fiscal, hay que realizar la llevanza como obligación mercantil.

Cálculo del rendimiento en módulos

Este sistema de tributación implica que se calcula la cantidad a pagar trimestralmente de IRPF en función de unos indicadores fijados por Hacienda de forma estadística. Éstos se conocen como módulos y Hacienda le dirá cuánto le corresponde pagar en función de aspectos como los metros cuadrados del local, el número de empleados o la potencia de luz contratada. Esto se presenta a través del modelo 131 de pagos fraccionados del IRPF para el caso de módulos.

Esto significa que el autónomo pagará una cantidad fija todos los trimestres. La empresa liquidará lo que considera Hacienda que debe pagar una actividad similar estadísticamente hablando, y no en función de su rendimiento real. 

Los módulos en 2022

Cada año salen nuevas modificaciones normativas respecto a los módulos. Por un lado, sirven para publicar el listado de actividades que se pueden acoger a dicha modalidad y, por otro, una serie de restricciones y límites para restringir, cada vez más, su uso.

Para este año 2022, las novedades de los módulos vienen recogidas en la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022.

Requisitos para poder tributar en módulos

Cada año, los requisitos son más estrictos para poder acogerse al sistema de módulos. En este 2022 los límites establecidos son los siguientes:

  • Que el volumen de ingresos del autónomo en el año inmediatamente anterior no supere los 250.000 euros con carácter general.
  • La facturación emitida a otros empresarios o profesionales no supere los 125.000 euros.
  • Que el volumen de compras de bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior no supere la cantidad de 250.000 euros anuales.
  • No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado del IVA o del especial de la agricultura.
  • No realizar otras actividades que tributan en estimación directa

Elegir entre estimación directa o módulos

Cualquier autónomo puede elegir la modalidad de tributación del IRPF. Para ello el empresario tiene tres opciones: 

  • Que su actividad esté incluida en la orden de Hacienda y cumpla sus requisitos y límites, y por tanto, sea una de las que se puedan acoger a módulos, y decida tributar por este sistema.
  • Estando en el caso anterior, que decida renunciar a ese régimen de tributación, y pase a estimación directa. 
  • Que no cumpla con los requisitos o sea una actividad que no se pueda acoger a módulos y obligatoriamente tenga que tributar en el régimen de estimación directa.

¿Cómo se renuncia al régimen de módulos?

Para aquellos autónomos que decidan renunciar a los módulos, deben tener en cuenta que esta decisión es irrevocable durante 3 años, lo que implica que deben estar ese periodo en estimación directa, aunque pudiera serles más beneficiosos los módulos.

En cualquier caso, existen dos formas de renunciar a los módulos y tributar por estimación directa: 

  1. Con una comunicación directa a Hacienda a través del modelo 036 o 037. Este trámite debe de hacerse, de forma general, en el mes de diciembre, justo antes de que comience el año natural en el que el autónomo quiera empezar a tributar por estimación directa. 
  2. De forma implícita, presentando el primer pago fraccionado del año en la modalidad de estimación directa, con el modelo 130, o el primer trimestre que se presente en el caso de nuevos emprendedores, posteriormente al alta de autónomo. A hacerlo así, Hacienda entiende que se renuncia al sistema de módulos  

Decidir entre estimación directa a módulos

Como has podido intuir, decantarse por una opción de tributación afecta gravemente a la marcha económica de tu empresa.

Se trata de una decisión importante que se debe tomar por una serie teniendo en cuenta algunos de los siguientes aspectos.

  • Flujo de ingresos continuo, ya que los módulos implican que los pagos fraccionados se realizan de forma lineal, independientemente de los ingresos y gastos que se obtengan en dicho trimestre. Por esto, si la actividad tiene cierta estacionalidad o los flujos de ingresos no son más o menos continuos a lo largo de todo el año, no compensa permanecer en módulos.
  • Incertidumbre en la economía. Está claro que en los últimos años se están dando situaciones que afectan directamente a las cuentas de las empresas, haciendo que estas reduzcan su rendimiento neto considerablemente o incluso haciéndolas incurrir en pérdidas.

La crisis sanitaria del COVID, la guerra de Ucrania, la escalada de los precios de la energía y el petróleo, la inflación y la subida de los tipos de interés, hacen que las cuentas de las empresas se resientan. En estos casos, puede ser que estando en pérdidas, aquellas empresas que se mantengan en módulos, tengan que estar pagando trimestralmente como si tuvieran unos beneficios irreales, debido a la situación económica mundial.

  • Empresas de nueva creación. No es lo mismo una empresa que está consolidada que aquella que está iniciando su actividad. Para aquellos autónomos que empiezan suele ser más recomendable iniciar con estimación directa, ya que se tienen muchos gastos y los ingresos son inciertos o directamente bajos. 

Una vez se superen, esos tres primeros años de actividad, y en función de si los resultados son buenos, entonces será el momento de valorar si compensa estar en módulos.

  • Nivel de beneficios elevado. Cuando estamos ante una actividad con un rendimiento alto, pero sin llegar al límite para poder acogerse a módulos, compensa tributar por este sistema.
  • Realizar un cálculo estimado de los rendimientos netos. De esta forma podrán tener una estimación de los que le saldría a tributar con cada uno de los métodos de tributación. En el caso que los rendimientos estimados por el sistema de módulos sean inferiores a los rendimientos que se pueden obtener realmente por el negocio entonces interesará tributar por estimación objetiva.

Imágenes: Unsplash.com/@adeolueletu, Unsplash.com@shawnanggg y Unsplash.com/@ruthson_zimmerman

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Víctor

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