Declaración renta

Guía definitiva de la declaración de la renta 2022/2023 para autónomos

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto que grava la renta obtenida por personas físicas en un año natural, y se aplica a todos los autónomos que desarrollen una actividad económica

Por tanto, si eres autónomo y tienes ingresos, debes presentar la declaración de la renta para liquidar el IRPF.

¿Cómo hace la declaración de la renta un autónomo?

La declaración de la renta, en este caso para autónomos con rendimientos económicos, se realiza a través del modelo 100. Este es el formulario oficial de Hacienda para declaración anual de liquidación del IRPF.

Para presentar la declaración, el autónomo sólo tiene que entrar en la sede electrónica de  la Agencia Tributaria con su certificado digital, donde, a través del borrador, podrá comprobar qué datos tiene precargados Hacienda, y cuales tiene que incorporar respecto a sus rendimientos de actividades económicas, así como añadir cualquier otro tipo de ingreso, gastos que hayan tenido a lo largo del año o las deducciones a las que tenga derecho.

En cualquier caso, es recomendable que sea la asesoría fiscal habitual del autónomo, acostumbrada a presentar sus trimestrales, quien realice también este trámite.

Plazos para presentar la declaración de la renta

La declaración de la renta es una obligación anual que afecta a todos los contribuyentes, ya sean particulares o empresas, y que tiene como finalidad la liquidación de los impuestos correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior.

Esto quiere decir que en esta campaña de la renta en la que estamos, los autónomos presentarán sus ingresos y gastos del último año fiscal, es decir, lo que hayan ganado en 2022.

La campaña de la renta tiene los siguientes plazos y fechas clave para presentar la declaración, que son idénticos para cualquier contribuyente, incluidos los autónomos:

  • 11 de abril al 30 de junio. Plazo para acceder a los datos fiscales, el borrador y  la presentación online de la declaración.
  • Del 1 al 30 de junio. Periodo para la presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • El 27 de junio es el final del plazo para los autónomos a los que les toque pagar a Hacienda y quieran realizar la domiciliación bancaria

¿Qué autónomos están obligados a presentar la declaración?

Si bien, para el contribuyente general, existe la obligación de declarar cuando se superen por rendimientos del trabajo de un solo pagador por 22.000 euros anuales y si provienen de varios pagadores, 14.000 para el primero y que la suma del segundo y posteriores no supere los 1.500 euros, no es así para el autónomo.

En el caso de los autónomos, tributarán todos aquellos que tengan más de 1.000 euros anuales de ingresos por rendimiento de actividades económicas o de ganancias patrimoniales. Es decir, casi cualquier autónomo, porque aunque no superes ese límite, seguro que querrás aplicar las deducciones.

¿Qué tiene que ver la declaración de la renta con el resto de trámites del IRPF que haces al año?

Para entender qué sentido tiene el sistema montado respecto al IRPF y cuales son sus obligaciones, repasemos. 

La declaración de la renta es la liquidación del impuesto del IRPF que se paga una vez al año y donde se presentan los ingresos y los gastos relacionados con la actividad económica, más aquellos datos que afectan a la situación personal del autónomo. El beneficio del autónomo se somete a los tramos del IRPF, a mayor beneficios más porcentaje de impuestos se paga.

Para que el autónomo no se enfrente una vez al año a este pago del IRPF, Hacienda establece durante el año hasta cuatro pagos anticipados, uno por trimestre, con los modelos 130 y 131 de liquidación del IRPF. Además, para algunos autónomos, deben aplicar una retención del 15% en concepto de IRPF en las facturas emitidas, un 7% para nuevos autónomos. 

Este dinero quedará como una aportación a cuenta que después se incluirá como anticipo en la declaración de la renta, por lo que si sale a pagar será menos de lo que hubiera sido de no tener este sistema.

Documentos que debe tener en cuenta el autónomo para hacer la declaración de la renta

Para cumplimentar la declaración de la renta, es necesario que tengas a mano los siguientes documentos que has ido trabajando durante el año:

  • Los modelos 130 o 131, a través de los cuales los autónomos han realizado el pago fraccionado de IRPF.
  • Las facturas ya que se necesitan para comprobar ingresos y gastos.
  • La contabilidad y libros de registro de facturas emitidas y recibidas.

Ingresos a tener en cuenta por el autónomo

Como la renta es un impuesto que afecta a las persona físicas, no solo en su actividad económica en cuanto al negocio que tenga abierto, sino también a los rendimientos que obtenga en su vida personal, se deben tener en cuenta todos los ingresos obtenidos. Esto es, aparte de los propios rendimientos de actividades económicas:

  • Rendimientos del trabajo, en el caso de que también se trabaje por cuenta ajena en lo que se conoce como el régimen de pluriactividad.
  • Rendimientos del capital mobiliario, referido por ejemplo, al rendimiento de acciones, fondos de inversión, etc.
  • Imputaciones de rentas, como pueda ser el cobro de alquileres.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales, de ventas realizadas de una vivienda o una ayuda o subvención concedida.

¿Qué gastos deducibles sirven para los autónomos en la declaración de la renta?

En la declaración de la renta, los autónomos pueden aplicar los gastos deducibles que cumplan una serie de criterios

  • Aquellos gastos vinculados de forma directa al negocio del autónomo.
  • Estar acreditados y justificados con las facturas o con comprobantes del pago. 
  • Que se contemplen en los libros de gastos e inversiones del autónomo.

Si se cumplen estos requisitos, los autónomo pueden deducirse los siguientes gastos:

  • Los gastos de suministros, como el agua, luz, teléfono, internet o combustible de vehículos.
  • El alquiler de local, almacén u oficinas.
  • Los gastos de publicidad y marketing, gastos de transporte, entre otros.
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social tanto del propio autónomo como de los empleados si los tuviera.
  • Cuotas de los seguros privados de salud o de incapacidad.
  • Servicios como los de la gestoría, asesoría laboral, abogados, etc.
  • Gastos de herramientas, webs y demás para la presencia online y digitalización del negocio.
  • La compra de materiales y mercancía.
  • Dietas, siempre que se realice en bares y restaurantes, con un límite diario de supere los 26,67 euros, siempre que se tenga la factura simplificada y el pago realizado con tarjeta. 
  • La amortización del equipamiento necesario para el negocio, como pueden ser los equipos informáticos, vehículos o maquinarias.
  • La formación recibida por el autónomo y sus empleados.
  • Otros impuestos como pueden ser licencias de actividad, tasas de basura o el impuesto de bienes inmuebles del local u oficina.

Principales deducciones y beneficios fiscales aplicables a los autónomos

Los autónomos, en la renta una vez se obtiene el beneficio, se le aplican las reducciones personales previstas, se le pueden aplicar una serie de deducciones, entre ellas destacan 

  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  • Deducción del 5% por inversión en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas
  • Reducción por inicio de una actividad económica, por la se pueden disminuir el 20% de su rendimiento neto sobre el que tributan el primer año que este resultado sea positivo y el año posterior.
  • Reducción por mantenimiento o creación de empleo, siempre que la plantilla media del conjunto de sus actividades sea inferior a 25 empleados y que mantenga o cree empleo en ese ejercicio
  • Deducción por inversión en vivienda habitual para hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2013.
  • Alquiler de vivienda habitual, para aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20€ anuales con contratos firmados antes de 2015.
  • Donativos realizados a entidades sin ánimo de lucro.
  • Además, el autónomo debe revisar aquellas deducciones de su región, ya que cada comunidad autónoma establece ciertas deducciones que pueden ser útiles.

Resultado a pagar o a devolver

Si el resultado es positivo, esto quiere decir que habrá que pagar a Hacienda la cantidad resultante de la declaración. En este caso, el autónomo puede pagarlo, ya sea mediante pasarela de pago con su banco o domiciliar el pago, si se hace antes del 27 de junio. 

En cualquier caso, se tiene la opción de pagarlo de una sola vez en el momento de la presentación o aprovecharse de la posibilidad de fraccionar el pago en dos plazos. El 60% a la fecha de finalización del plazo de la presentación del impuesto y el 40% en el mes de noviembre.

Si el resultado de la declaración es una cantidad negativa, esto quiere decir Hacienda le pagará al autónomo dicha cantidad a través de una transferencia bancaria, que le llegará en un plazo de 2 o 3 semanas, aunque Hacienda tenga hasta 6 meses después de acabar el plazo de presentación, por tanto hasta el 31 de diciembre, a no ser que la declaración se someta algún procedimiento de inspección.

Imágenes: unsplash.com/elodiso y kellysikkema