Los nuevos tramos del RETA que entrarán en vigor en 2023

A estas alturas ya te habrás enterado que en 2023 cambia la cuota de autónomo que pagas a la Seguridad Social.

No se trata simplemente de que varíe el importe de la cuota como años atrás, sino de un cambio estructural en todo el sistema de cotización de los trabajadores autónomos.

Cambios en el BOE

Estas modificaciones, por las que los autónomos empezarán a cotizar por sus ingresos reales, vienen establecidas en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

Si bien, está aprobado desde julio, se establece el 1 de enero de 2023 para que surtan efectos y empiece a funcionar.

Cómo funcionará el nuevo sistema de cotización de autónomos

El nuevo sistema aprobado afecta a más de tres millones de autónomos y a aquellos nuevos emprendedores que se den de alta. Los principales cambios de este nuevo sistema de cotización son los siguientes:

  • Con el nuevo sistema se obliga a los autónomos a declarar sus ingresos reales, es decir por el rendimiento neto de su actividad económica.
  • Se establecen 15 tramos diferentes en base a lo que gana el autónomo.
  • Cada uno de estos tramos tiene una base máxima y otra mínima de cotización que, al elegirla, se fijará la cuota de autónomo a pagar mensualmente por el autónomo.
  • Desaparece el tope para los autónomos mayores de 47 años.
  • Se puede cambiar la base de cotización, dentro del tramo, cada dos meses.
  • Si en alguna anualidad cotizas por encima de tus ingresos reales, la Seguridad Social tendrá que devolverte ese importe, y si es al revés te hará ingresar la diferencia.

Cuota de autónomo para el año 2023

El nuevo sistema, que es obligatorio, establece, para los tres primeros años, las cuotas a pagar de autónomo según los rendimientos que obtenga el autónomo con su actividad.

Los tramos de rendimientos netos para 2023 son los siguientes:

  • Para rendimientos netos menores a 670 euros, la base de cotización mínima es de 751,63 euros y se pagarán 230 euros de cuota de autónomo en 2023.
  • Entre 670 y 900 euros, la base mínima de cotización es de 849,67 euros, pagando 260 euros en 2023.
  • Desde 900 a 1.125,90 euros, la base mínima de cotización es de 898,69 euros, por lo que la cuota de autónomo será de 275 euros en 2023.
  • Para ingresos entre 1.125,90 y 1.300 euros, la base mínima de cotización es de  950,98 euros, por lo que el que la elija pagará 291 euros en el año 2023.
  • Para beneficios de 1.300 a 1500, y de 1500 a 1.700 euros, la base mínima de cotización es la misma, 960,78 euros, por la que se pagará una cuota de autónomo de 294 euros en 2023.
  • Entre 1.700 y 1.850 euros, 1013,07 euros es la base mínima de cotización, por lo que la cuota de autónomo será de 310 euros en 2023.
  • Para ingresos entre 1.850 y 2.030 euros, la base de cotización mínima es de 1029,41 euros, lo que implica pagar 315 euros de cuota en 2023.
  • De 2.030 euros a 2.330, la base de cotización mínima es de 1045,75 euros, por lo que la cuota de autónomo será de 320 euros en 2023.
  • Entre 2.330 y 2.760 euros, la base de cotización mínima es de 1078,43 euros, lo que significa una cuota de autónomo de 330 euros en 2023.
  • Para unos beneficios de 2.760 hasta 3.190, se fija 1143,79 euros de base de cotización mínima por la que se pagará 350 euros en 2023. 
  • Entre 3.190 y 3.620 euros, la base de cotización mínima es 1209,15 euros, por el que se pagarán 370 euros de cuota en 2023.
  • Desde 3.620 hasta 4.050 euros, la base mínima de cotización es de 1274,51 euros, lo que arroja una cuota de autónomo de 390 euros en 2023.
  • Entre 4.050 y 6.000 euros, la base de cotización mínima establecida es de 1372,55 euros, con una cuota de autónomo de 420 euros en 2023.
  • Para más de 6.000, la base mínima de cotización es de 1633,99 euros, por la que se pagarán 500 euros de cuota en 2023.

De estos 15 tramos establecidos, hay que tener en cuenta que los tres primeros forman parte de la denominada “tabla reducida” y los otros doce tramos restantes pertenecen a la “tabla general”. 

Cuotas de autónomo para el año 2024 y 2025

Pasado 2023, para los tramos más bajos, los que estén por debajo de 1.700 euros de rendimiento neto, la cuota de autónomo irá descendiendo a lo largo de los años hasta el 2025 y en los tramos superiores a este importe irá en aumento.

Con esto, para los siguientes años 2024 y 2025 las cuotas de autónomo quedarán como sigue:

  • Para menos de 670 euros se pagarán 225 euros en 2024 y 200 en 2025.
  • Entre 670 y 900 euros, pagará 250 euros en 2024 y 220 en 2025.
  • Desde 900 a 1.125,90 euros, la cuota de autónomo será de 267 euros en 2024 y 260 en 2025
  • Para ingresos entre 1.125,90 y 1.300 euros se pagará 291 euros en 2024 y 290 euros en 2025.
  • Para beneficios entre 1.300 y 1.700 euros se pagará una cuota de autónomo de 294 euros en 2024 y 2025

A partir de aquí los tramos empiezan pagando una cuota que se va ajustando al alza.

  • Entre 1.700 y 1.850 euros la cuota de autónomo será de 320 euros en 2024 y 350 en 2025.
  • Para ingresos entre 1.850 y 2.030 euros, se pagarán 325 euros en 2024 y 370 en 2025.
  • De 2.030 euros a 2.330, la cuota de autónomo será de 330 euros en 2024 y 390 euros en 2025.
  • Entre 2.330 y 2.760 euros, la cuota de autónomo será de 340 euros en 2024 y 415 en 2025.
  • Para unos beneficios de 2.760 hasta 3.190 se pagarán 360 euros en 2024 y 440 en 2025
  • Entre 3.190 y 3.620 euros, se pagarán 380 euros en 2024 y 465 en 2025.
  • Desde 3.620 hasta 4.050 euros, la cuota de autónomo será de 400 euros en 2024 y 490 en 2025.
  • Entre 4.050 y 6.000 euros, la cuota de autónomo será de 445 euros en 2024 y 530 en 2025.
  • Para más de 6.000 euros se pagarán 530 euros en 2024 y 590 en 2025.

Una vez finalizado este periodo temporal, antes del 1 de enero de 2026, se deberán evaluar los resultados y establecer nuevas condiciones a través del diálogo social.

¿Qué se entiende por rendimientos neto?

En este nuevo sistema de la seguridad social, en el cual se calculará la cuota en función de los ingresos reales de la empresa, entra en juego el concepto de rendimiento neto.

El rendimiento neto del autónomo es el que determinará el tramo a elegir. Para eso, se tendrá en cuenta el promedio mensual de los rendimientos netos obtenidos en el año al que se refiera la cotización.

Para el cálculo, se coge el rendimiento de todas las actividades económicas, empresariales o profesionales, ejercidas por el autónomo, se le restan las cuotas de autónomos pagadas y los gastos deducibles, y se le resta el 7% de deducción por gastos generales (un 3% en el caso de los autónomos societarios) 

Para el caso de los emprendedores, que inician una actividad como autónomo, deberán elegir en el momento de solicitar su alta, una base de cotización provisional, realizando una previsión promedio mensual.

¿Cómo se usan las tablas y se calcula la cuota de autónomo?

Por si no recuerdas cómo se calcula la cuota de autónomo, refresquemos.

En cada uno de estos tramos, existe una base mínima y otra base máxima. El autónomo puede elegir, en función de su situación personal y lo que decida, cualquier base de cotización entre esa mínima y esa máxima. 

Sobre la base de cotización elegida se aplican los siguientes coeficientes de la Seguridad Social:

  • 28,3% de la base por contingencias comunes.
  • 1,3% de la base por contingencias profesionales.
  • 0,9% de la base por cese de actividad.
  • 0,1% de la base por formación profesional.

Veamos un ejemplo del cálculo. Si tenemos un rendimiento neto entre 900 euros y 1.125,90 euros y el importe de la base cotización mínima es 898,69 euros. A dicho importe se le aplica 30,60%, o lo que es la misma la suma de todos los coeficientes anteriores, y el resultado es la cuota de autónomo a pagar mensualmente, es decir 275 euros (898,69 x 30,6%). 

¿Qué pasa con los autónomos colaboradores o societarios?

El autónomo colaborador y el autónomo societario, tendrán un tratamiento distinto, ya que para ello la base mínima de cotización durante el año 2023 no podrá ser inferior a 1.000€.

Posteriormente, durante el 2024 y 2025 la base mínima de cotización será establecida por los Presupuestos Generales del Estado.

Imagenes: Unsplash.com/liammartens, unsplash.com/hairspies

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Víctor

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