Pagar a Hacienda es algo a lo que el autónomo está más que habituado. Para hacer el ingreso de cualquier modelo trimestral o de cualquier carta de pago de un impuesto la Agencia tributaria permite:
- Pago mediante domiciliación bancaria, si bien el plazo para domiciliar un impuesto es menor al de presentación de dicho impuesto.
- Ingreso a través de una entidad colaboradora, lo que supondrá desplazarnos a una oficina bancaria.
- Pago mediante NRC.
¿Qué es el NRC?
El NRC (Número de Referencia Completo) es un código que identifica cada ingreso tributario, sirviendo igualmente de justificante.
Este NRC es una secuencia de 22 caracteres alfanuméricos, que incluye, mediante cifrado, información relevante del ingreso realizado tales como el NIF del declarante, el importe del ingreso, el modelo tributario relacionado, el ejercicio y el periodo al que se refiere.
Las declaraciones y autoliquidaciones a Hacienda que supongan un ingreso, y para las que no se haya seleccionado como forma de pago la domiciliación bancaria, necesitan, para poder realizar el pago a la Agencia Tributaria, un NRC.
En el caso, por ejemplo, de que una trimestral salga a devolver o a compensar no aplica la utilización de un NRC.
Obtener el NRC de un pago
En el proceso de pago, para empezar y obtener un NRC, hay que acudir a la pasarela de pagos de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria o en las webs de los propios bancos que sean entidades colaboradoras.
Para esto, como para cualquier otro trámite con Hacienda es necesario disponer de certificado o DNI electrónico o estar registrado en el sistema de identificación Cl@ve PIN.
Cómo funciona el NRC
Debes conocer que el trámite de ingreso está compuesto por dos momentos, conseguir el NRC y pagar. Esto es importante, porque haber obtenido el NRC no quiere decir que hayas pagado.
Esto es así, porque la obtención del NRC lo que implica es que el banco “bloquea” en tu cuenta el importe a pagar del impuesto concreto que has indicado.
Entre los datos que hay que facilitar son los siguientes:
- NIF del contribuyente que presenta el impuesto.
- Los datos sobre el periodo de tributación. Por un lado, los dos últimos dígitos del ejercicio fiscal, por ejemplo 22; y por el otro, el período de tributación, que puede ser 1T, 2T, 3T o 4T en el caso de los trimestres, 01, 02, …12 en el caso de los meses, o 0A, para los modelos anuales.
- El modelo y el tipo de declaración o autoliquidación. En este caso, podemos estar hablando de declaraciones como la de la Renta o autoliquidaciones como el modelo 303 del IVA, modelo 115 de retenciones o modelo 130 de pagos a cuenta del IRPF.
- Importe a ingresar, consignando el importe exacto.
- Cuatro últimos dígitos de la etiqueta fiscal identificativa, que en el caso de personas físicas se supone te ha hecho llegar en algún momento Hacienda.
Para finalizar, deberás continuar la operación realizando la presentación del impuesto correspondiente, que será el que formalizará el pago.
No lo olvides, obtener el NRC no significa que hayas presentado el modelo tributario ni cumplido con tu obligación como contribuyente.
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