El pasado 8 de julio se publicaba la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva. Sin embargo, buena parte de las medidas de la denominada Ley Antifraude no han entrado en vigor hasta hace poco.
Entre ellas algunas de las más importantes y que más dudas generan como las que prohíben expresamente el software de doble contabilidad y que obligan a usar programas de contabilidad adaptados a la nueva normativa. En este artículo vamos a repasar las principales medidas de la Ley Antifraude y cómo afectarán a tu empresa.
Nuevos requisitos de software antifraude
Uno de los puntos clave de la Ley Antifraude se dirige de forma específica a los programas de facturación y contabilidad de las empresas.
Con qué programas quiere terminar la Ley Antifraude
En concreto, el texto legal busca terminar con el los programas de doble contabilidad. Estos programas informáticos permitían manipular la contabilidad de la pyme al permitir un doble uso. En otras palabras, llevar una caja B a través del software contable.
De forma muy resumida, sirven para ocultar parte de las ventas, dejándolas fuera de la contabilidad oficial. Para ello utilizan sistemas que se conocen como Phantonware, que se colocan en el TPV o Zapper, que usa dispositivos externos.
¿Qué cambios introduce la nueva ley?
La Ley 11/2021 prohíbe expresamente el software de doble uso y su fabricación. Así, el 29.2 J establece:” la obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos”.
Además, añade que “reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad”, algo que no se ha hecho hasta la fecha
¿Demasiado enrevesado? El resumen es que todos los programas contables deben cumplir una serie de preceptos técnicos que impidan llevar una doble contabilidad. Esto afecta también al sistema para llevar la facturación de la pyme.
Características del software antifraude
Las cualidades de los programas contables adaptados a la nueva normativa son todavía algo genéricas. El citado artículo explica que los registro deben ser:
- Íntegros.
- Poder conservarse.
- Ser accesibles.
- Ser trazables.
- Legibilidad.
- No ser alterables.
- Evitar omisiones o interpolacionales.
Sin embargo, la ley es mucho más específica en cuanto a las prestaciones que no pueden tener estos programas. El artículo 201.bis establece como infracción tributaria los programas que:
- Permitan llevar una contabilidad diferente al artículo 220.1.d de la Ley (la contabilidad legal que todos conocemos).
- Permita no reflejar de forma total o parcial las ventas y compras realizadas.
- Permitan anotar operaciones distintas a las realizadas o alterar las que ya hayas registrado incumpliendo la normativa.
- No estén debidamente certificados.
¿Qué pasas si gestionas tus cuentas con una hoja de cálculo?
Aunque cada vez es menos habitual, hay negocios que basan su contabilidad en las famosas hojas de cálculo. Es decir, tiene las cuentas en un Excel de toda la vida e incluso en papel.
La nueva ley antifraude puede terminar con esta práctica. Y es que este modelo no cumple con varios de los preceptos que acabas de ver como la inalterabilidad de los registros. En cualquier caso, habrá que esperar hasta conocer las especificaciones para saber si la contabilidad en excel puede ser motivo de sanción.
Sanciones y multas por usar programas de doble contabilidad
La ley también marca las sanciones para quienes usen programas no certificados. Este será uno de los focos de las inspecciones de Hacienda en los próximos meses.
Para la Agencia Tributaria la tenencia de programas que permitan llevar una contabilidad distinta a la legal será una infracción tributaria. La AEAT establece las siguientes sanciones por usar este tipo de programas y también por fabricarlos. Son las siguientes:
- Sanción fija de 50.000 euros por cada ejercicio sólo por tener programas de contabilidad que no estén certificados o por haberlos modificado para que tengan un doble uso.
- Multa de 150.000 euros al año para los fabricantes, vendedores o distribuidores de este tipo de programa por cada ejercicio en el que lleven a cabo esta actividad. Además, se sancionará con multa pecuniaria fija de 1.000 euros por cada sistema o programa comercializado en el que se produzca la falta del certificado.
Estas multas y la obligación de tener programas certificados entraron en vigor el 11 de octubre, aunque el reglamento que regula el cambio todavía no se ha redactado. En este sentido, la propia Agencia Tributaria explica que hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de la certificación a que alude este apartado, los usuarios no podrán ser sancionados.
Si tienes dudas sobre si tu software cumple con todos los nuevos requisitos, pregunta a tu proveedor para asegurarte.
Nuevos límites a los pagos en efectivo
El control al software contable no es el único cambio de la Ley Antifraude. El nuevo texto también introduce otras novedades importantes. Una de ellas es reducción de los pagos en efectivo.
Desde el 11 de julio el nuevo máximo para el pago en efectivo entre autónomos es de 1.000 euros. El máximo anterior era de 2.500 euros.
La Ley 11/2021 también reduce los pagos en metálico para particulares que vivan fuera de España. El nuevo máximo es de 10.000 euros frente a los 15.000 euros anteriores.
Abonar las facturas de forma electrónica es una manera simplificar la contabilidad de tu empresa.
Mejora en las reducciones de las sanciones tributarias
Otro aspecto de la ley son los cambios en las reducciones que se aplican por el pago voluntario de las sanciones tributarias. Cómo seguro que ya sabes si te has enfrentado a una inspección fiscal, el objetivo de Hacienda siempre es cobrar, cuanto antes, mejor.
Las reducciones por pronto pago y pago voluntario son la forma que tiene de reducir las reclamaciones y mejorar el ratio de pagos. La nueva Ley Antifraude incluye dos mejoras en el proceso.
La primera afecta a la reducción para las sanciones en caso de inspección fiscal con acuerdo. La rebaja que se aplica pasa del 50% al 65% en el periodo de pago voluntario.
La segunda está directamente relacionada con el pronto pago. Abonar pronto la sanción tendrá un premio del 40% de reducción frente al 25% actual. La única excepción son las reducciones de conformidad, que se quedan congeladas en el 30%.
Estas nuevas reducciones se aplican desde el 11 de julio, tanto sobre las nuevas sanciones como sobre las sanciones acordadas antes de la publicación de la Ley 11/2021 que no se hubiesen recurrido.
Reducción de los recargos en sanciones tributarias
La medida anterior se complementa con los cambios en la cuantificación de los recargos de las sanciones tributarias.
Hacienda ha reducido los recargos por presentar tarde las declaraciones y modelos de Hacienda, como por ejemplo el modelo 347. La nueva Ley establecer los siguientes recargos:
- Recargo del 1% desde el primer día en el que no se presenten los impuestos a tiempo.
- Recargo adicional del 1% sobre el anterior por cada mes de retraso en cumplir con la presentación.
- Recargo del 15% por presentar la declaración pasados más de 12 meses, a lo que habrá que incluir los correspondientes intereses de demora.
Otras medidas de la Ley Antifraude
Estas son las medidas de la Ley Antifraude que afectan a la empresa de forma más directa. Sin embargo, el texto legal incluye otra serie de cambios que es importante que conozcas. Estas son las más importantes:
- Modificación del régimen fiscal de las SICAV con restricciones para poder tributar al 1%.
- Implantación de nuevos valores para calcular el el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
- Cambios en el impuesto de matriculaciones.
- Mayor control de las criptomonedas con la obligación de incluir las criptodivisas en Patrimonio y el Modelo 720.
- Rebaja hasta los 600.000 euros para aparecer en el listado de morosos por deudas con Hacienda.
- Ampliación del concepto de paraíso fiscal y prohibición de las amnistías fiscales.
Contar con un socio fiable para tu contabilidad y la gestión de tus facturas te ayudará a aplicar los cambios de la ley y evitar sorpresas.
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